- Los convenios colectivos vigentes deberán adaptarse a la nueva jornada antes del 31 de diciembre de 2025
- El acuerdo también recoge el registro de jornada diario, digital objetivo, fiable y accesible
- Las sanciones en materia de registro se cursarán por cada persona trabajadora sobre la que se haya cometido la infracción
- El acuerdo permite garantizar el derecho al descanso fuera del horario de trabajo sin que la persona trabajadora pueda sufrir consecuencias negativas
20 de diciembre de 2024.- La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, y los secretarios generales de CCOO, Unai Sordo, y de UGT, Pepe Álvarez, han firmado el acuerdo de reducción de jornada a 37,5 horas semanales en 2025 sin reducción de salario.
Adaptación de los convenios
Los convenios colectivos vigentes tendrán como máximo hasta el 31 de diciembre de 2025 para adaptarse a la nueva jornada semanal de 37,5 horas en cómputo anual.
Registro de jornada
La empresa deberá contar con un registro diario de jornada digital objetivo, fiable y accesible, que permita garantizar el cumplimiento efectivo de la jornada laboral.
Además, el registro deberá ser accesible de forma remota para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y para la representación de las personas trabajadoras.
Régimen sancionador
En el caso de incumplimiento de las obligaciones en materia de registro de jornada, se considerará una infracción por cada persona trabajadora afectada en los supuestos de ausencia de registro o el falseamiento de los datos.
Desconexión digital
El texto recoge el derecho irrenunciable a la desconexión digital fuera del horario laboral. La no atención de estas comunicaciones no podrá ocasionar consecuencias negativas para la persona trabajadora que tiene derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por la empresa.
Gabinete de Comunicación
Vicepresidencia Segunda del Gobierno
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Impacto del Acuerdo sobre la Reducción de la Jornada Laboral en las Microempresas en España.
Impacto en las microempresas:
- Ajustes operativos y organizativos:
Las microempresas, que constituyen más del 93% del tejido empresarial español, deberán reorganizar sus horarios y tareas para adaptarse a la nueva jornada laboral de 37,5 horas semanales. Esto requerirá una mayor planificación para que puedan garantizar que la reducción de horas no afecte la productividad ni los tiempos de entrega de bienes o servicios. - Costes laborales:
La reducción de horas sin disminución salarial se traduce en un aumento del coste por hora trabajada. Para las microempresas, que suelen operar con márgenes de beneficio ya de por si, muy ajustados, podría suponer un desequilibrio financiero. - Necesidad de contratación adicional:
Muchas microempresas podrían necesitar contratar más personal para mantener los niveles de producción o servicio actuales. Este escenario incrementaría los costes salariales, junto con los gastos asociados a la contratación y formación de nuevos empleados. - Inversión en tecnología:
La adaptación al registro horario telemático y el cumplimiento de la normativa requerirán inversiones en herramientas tecnológicas para gestionar el tiempo de trabajo de manera eficiente. Esto será un desafío para las microempresas con recursos económicos limitados. - Competitividad en el mercado:
Mientras que las grandes empresas pueden absorber mejor los costes de esta transición, las microempresas se enfrentarán a una mayor dificultad para competir en precio y servicio, especialmente en sectores con alta competencia de empresas más grandes o en los mercados internacionales.
Perspectiva de AEMME:
Desde la Asociación Española Multisectorial de Microempresas (AEMME), se subraya la necesidad de medidas compensatorias específicas para el colectivo empresarial:
- Subvenciones y ayudas públicas: Para facilitar la adaptación tecnológica y cubrir los costes adicionales derivados de la reducción de jornada.
- Flexibilidad en la aplicación: Abogar por una implementación escalonada para las microempresas, permitiéndoles adaptarse de manera progresiva y sostenible. De lo contrario la medida podría ser contraria a lo que se busca. Perdida de más puestos de Trabajo.
- Fomento del teletrabajo: Potenciar la digitalización y el trabajo remoto para reducir los costes operativos asociados a la reorganización del trabajo presencial.
- Campañas de formación: Apoyar a los propietarios y empleados de estas empresas (microempresas) en la adopción de nuevas herramientas y métodos de gestión del tiempo.
Aunque el acuerdo sobre la reducción de la jornada laboral representa un avance en derechos laborales, según el gobierno, su implementación supone retos significativos para las microempresas. Desde la perspectiva de AEMME, es crucial que se tengan en cuenta las particularidades de este segmento empresarial, que genera empleo (30%) y riqueza (60%) en comunidades locales, pero opera con recursos limitados de personal y financieros.
Sin apoyo específico, como ayuda económica, formación y flexibilidad normativa, muchas microempresas tendrán dificultades para mantener su viabilidad económica. Sin embargo, con una implementación bien diseñada y un enfoque centrado en la sostenibilidad, esta transición también podría ser una oportunidad para fomentar la modernización tecnológica y mejorar la calidad del empleo en el sector.
En definitiva, AEMME como interlocutor clave podrá garantizar que las voces de las microempresas sean escuchadas, para promover una transición equilibrada que beneficie tanto a empresarios como a trabajadores de este colectivo empresarial mayoritario en el Parque Empresarial Español.
Víctor Delgado García
Secretario General AEMME