A partir del 1 de octubre el trabajo a tiempo parcial se equiparará con el trabajo a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos necesarios para causar derecho a las prestaciones.
A partir del 1 de octubre, una importante reforma del sistema de pensiones, establecida por el Real Decreto-ley 2/2023, entrará con vigor en nuestro país.
Esta modificación tiene como objetivo igualar el trato entre los trabajadores a tiempo parcial y a tiempo completo en lo que respeta al cómputo de los períodos de cotización necesarios para acceder a prestaciones esenciales como las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia. , incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menores.
Esta medida beneficiará a más de 2 millones de trabajadores (según datos de la Seguridad Social) con contratos a tiempo parcial, la mayoría de los cuales son mujeres. Anteriormente, estos trabajadores se veían perjudicados debido a la aplicación de coeficientes de parcialidad que complicaban el acceso a estas prestaciones.
Con la implementación de esta reforma, se eliminará el concepto de coeficiente global de parcialidad y se pondrá fin a las reglas de proporcionalidad utilizadas previamente para determinar los períodos de cotización necesarios para tener derecho a las prestaciones.
En virtud de esta nueva normativa, los períodos de actividad se contarán como días completos, independientemente de la jornada laboral del trabajador durante ese período. Esto significa que a partir de ahora, se requerirán los mismos períodos de cotización tanto para los trabajadores a tiempo parcial como para los que trabajan a tiempo completo para acceder a estas prestaciones, asegurando así una mayor equidad en el sistema de pensiones y un trato justo. para todos los trabajadores.
Víctor Delgado García
Dirección General AEMME Asociación Española Multisectorial de Microempresas